Micelio
Auto21 de junio de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Entidad Promotora De Salud Sanitas Sa Eps·Demandado Ministerio De Salud Y Proteccion Social En Salud Adres

Tema · dato duro
Demanda Presentada Por Eps Con La Finalidad De Que Se Declare La Existencia De Obligación A Cargo De La Adres De Reconocer Y Asumir Costos, Gastos O Erogaciones En Las Que Incurrió La Demandante Como Resultado De La Cobertura Y Suministro De Servicios No Incluidos En El Plan Obligatorio De Salud.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contenido del asunto guarda identidad con lo ya resuelto
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá- Sección Primera- y el Juzgado 1° Laboral del Circuito Judicial de Bogotá.

Dicha controversia recae sobre el conocimiento de una demanda ordinaria laboral que presentó la EPS Sanitas contra la ADRES, con el fin de obtener el reconocimiento y pago de unas sumas de dinero asumidas por la demandante, las cuales guardan relación con la prestación de servicios de salud que no se encontraban incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (actualmente plan de beneficios en salud).

La Corte advierte que, el presente asunto ya ha sido resuelto, pues se cumplen con cada una de las condiciones para que opere el fenómeno de la cosa juzgada y, por tanto, debe estarse a lo resuelto por el Consejo Superior de la Judicatura en providencia del 2 de septiembre de 2020.

En consecuencia, la Sala Plena remitió el expediente al Juzgado Primero Laboral del Circuito Judicial de Bogotá, para que siga con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO por la Sala jurisdiccional-disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en el auto del 2 de septiembre de 2020, dentro del radicado 11001010200020200062300 de esa corporación.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3006 al Juzgado
  3. Primero. Laboral del Circuito Judicial de Bogotá, para que siga con lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado
  4. Quinto. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá- Sección Primera- y a las demás partes interesadas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.